
Los impuestos y gastos por vender una vivienda en 2025, ¿cuáles son?

Los impuestos y gastos por vender una vivienda en 2025, ¿cuáles son?
1. GASTOS ANTES DE VENDER LA VIVIENDA
Antes de formalizar la venta, es necesario gestionar ciertos documentos:
* Certificado energético (60-130 €) → Obligatorio desde 2013. Indica la eficiencia energética de la vivienda.
* Cédula de habitabilidad (LPO) (60-160 €) → Necesaria en algunas comunidades para acreditar que la vivienda cumple con los requisitos mínimos de habitabilidad.
* Nota simple (3,64-9,2 €) → Informa sobre la situación legal del inmueble (hipotecas, cargas, etc.).
* Cancelación de hipoteca (400-1.000 €) → Si la vivienda tiene hipoteca, debe cancelarse antes de vender.
2. GASTOS DURANTE LA VENTA
Al cerrar la compraventa, se generan algunos costes adicionales:
* Contrato de arras (variable)→ Aunque no es obligatorio, protege a ambas partes. Puede redactarse gratuitamente o con ayuda de un abogado.
* Gastos de notaría (variable)→ Escritura pública de compraventa. Lo suele pagar el comprador, pero el vendedor cubre la escritura original.
* Honorarios inmobiliarios (variable) → Si vendes a través de una inmobiliaria, su comisión suele ser un 5% del precio de venta.
3. IMPUESTOS TRAS LA VENTA
* IRPF → Se paga sobre la ganancia obtenida con la venta. Los tramos en 2025 son
Ganancia obtenida |
% IRPF |
---|---|
Hasta 6.000 € |
19% |
6.000 - 50.000 € |
21% |
50.000 - 200.000 € |
23% |
200.000 - 300.000 € |
27% |
Más de 300.000 € |
28% |
Exenciones: No pagarás IRPF si eres mayor de 65 años y vendes tu vivienda habitual, si reinviertes en otra vivienda habitual o en casos de dependencia severa.
* Plusvalía municipal → Impuesto local por el aumento de valor del suelo desde la compra. Se calcula con dos métodos:
- Método real → Basado en la diferencia entre precio de compra y venta.
- Método objetivo → Basado en coeficientes anuales sobre el valor catastral.
* No se paga si vendes por menos de lo que compraste.
* IBI → Impuesto anual que paga quien sea propietario el 1 de enero del año en curso.
* Impuestos para no residentes → Si el vendedor no reside en España, el comprador debe retener un 3% del precio de venta y pagarlo a Hacienda.
4. GASTOS DEDUCIBLES EN LA DECLARACIÓN DE LA RENTA
Se pueden deducir:
* Comisión inmobiliaria
* Plusvalía municipal
* Cancelación de hipoteca
* Reformas y mejoras realizadas antes de la venta
* Impuestos pagados al comprar (ITP o IVA)